domingo, 3 de agosto de 2014

Obligatoriedad del Libro de Mantenimiento de las puertas manuales y automáticas

Os dejamos un artículo sobre el Libro de Mantenimiento de puertas manuales y automáticas.

Puertas automáticas en Barcelona


El mantenimiento de las puertas manuales y  automáticas debe realizarse siguiendo las pautas y prescripciones indicadas por el fabricante. Estando obligado, el fabricante, a porporcionar el Libro de Matenimiento con el resto de la documentación de la puerta, en cumplimiento del Código Técnico de la Edificación y la norma UNE-EN 12635-2002+ A1:2009.

Según contempla y nos detalla la Dirección General de Industria, Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en su informe, versión 4, de diciembre del 2010, sobre Marcado CE de puertas industriales, comerciales, de garaje y portones en el marco de la Directiva 89/106/CEE:

INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A SUMINISTRAR POR EL FABRICANTE:  

"La norma UNE-EN 12635:2002 + A1:2009 especifica la información que debe ser suministrada por el fabricante de la puerta y el fabricante de los componentes, para asegurar una instalación, maniobra, mantenimiento, reparación y uso seguros de este tipo de puertas, así como establece que ciertos trabajos de reparación y mantenimiento deben llevarse a cabo por profesionales cualificados".

En relación con la documentación a entregar por el fabricante de la puerta estaría:
   " En cumplimiento de la Directiva 89/106/CEE y la norma UNE-EN 13241-1:2004":

  • "Marcado (etiquetado) CE"
  • "Declaración CE de conformidad"

  "En cumplimiento del Código Técnico de la Edificiación y la norma UNE-EN 12635:2002 + A1:2009":



  • "Libro de mantenimiento"
  • "Instrucciones de instalación"
  • "Instrucciones de funcionamiento y uso"
  •  "Instrucciones de mantenimiento"


RESPONSABILIDADES. "...hay que recordar también la responsabilidad de los titulares o propietarios de las puertas (incluidos los administradores) a la hora de recepcionar, utilizar, reparar y mantener las puertas, y de que se cumplan los requisitos de esas disposiciones por parte de los diferentes agentes que realizan las diferentes tareas, así como por parte de esos mismos titulares o propietarios".
Toda la documentación a suministrar por el fabricante y contemplada en la Directiva 89/106/CEE , la norma UNE-EN 13241-1:2004, el CTE y la norma UNE-EN 12635:2002 + A1:2009 debe ser exigida en cada compra e instalación, como garantía legal de la puerta, evitando responsabilidades.

VÍA | PUERTASAUTOMATICASEDICIONES

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